

Nuevas señales de la DGT: ¿conoces su significado?
La modificación del Reglamento General de Circulación, traerá consigo la aprobación de unas 130 modificaciones en el Catálogo de Señales. Este proceso, liderado por la Dirección General de Tráfico (DGT), busca garantizar la seguridad vial y la comprensión universal de las señales. Dicha actualización unifica las señales, elimina interpretaciones y trata de adaptarse a los nuevos aspectos tecnológicos, de movilidad e igualdad de género, estableciendo una base homogénea ante futuras necesidades.
Una vez que entren en vigor estos cambios, las administraciones podrán instalar las nuevas señales. No será necesario sustituir ninguna de las existentes, salvo aquellas por motivos de mantenimiento. Entonces, si se tratase de una señal cuyo diseño se ha modificado, se instalaría la nueva. A continuación, repasamos las nuevas señales de la DGT que todos deberíamos ir conociendo.
SEÑALES DE ADVERTENCIA DE PELIGRO
P-1e Tramo con accesos directos
Peligro por la proximidad de un tramo en el que existen varios accesos directos a la vía, debiendo ceder el paso los usuarios de dichos accesos directos.
P-20c Paso para peatones y ciclistas
Peligro por la proximidad de un tramo en el que existen varios accesos directos a la vía, debiendo ceder el paso los usuarios de dichos accesos directos.
P-21b Ancianos
Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por ancianos, como un centro dedicado a la tercera edad, una residencia, etc.
P-22a Paso para ciclistas
Peligro por la proximidad de uno o varios pasos para ciclistas.
P-24a Paso de animales en libertad (jabalíes)
Peligro por la proximidad de un tramo comprendido entre una confluencia y una bifurcación donde se producen distintos movimientos de cambio de carril por parte de los vehículos, cruzándose sus trayectorias y aumentando por ello el riesgo de que se produzcan colisiones.
P-35 Trenzado
Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad, tratándose en una proporción muy significativa de jabalíes.
SEÑALES DE PROHIBICIÓN DE ENTRADA
R-118 Entrada prohibida a vehículos de movilidad personal
Prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal. (Es una señal nueva y afecta a todos los VMP y no solo a los patinetes).
R-119 Entrada prohibida a ciclos y vehículos de movilidad personal
Prohibición de acceso a ciclos y a vehículos de movilidad personal.
R-120 Entrada prohibida a vehículos en función de distintivo ambiental
Prohibición de acceso a vehículos en función de su distintivo ambiental u otros criterios ambientales que se establezcan. Las condiciones se especificarán en un panel complementario S‐860 o en un cartel en el que se incluya la señal.
SEÑALES DE OBLIGACIÓN
R-419 Camino obligatorio para tractores
Obligación para los conductores de tractores de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.
R-420 Vía reservada y obligatoria para vehículos de movilidad personal
Obligación para los conductores de vehículos de movilidad personal de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
R-421 Vía reservada y obligatoria para ciclos y para vehículos de movilidad personal
Obligación para los conductores de ciclos y de vehículos de movilidad personal de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
R-422 Desmontar y continuar a pie
Obligación para los usuarios de ciclos de continuar a pie. Si dicha obligación se limita a ciertos periodos, se indicará mediante un panel complementario.
SEÑALES DE FIN DE PROHIBICIÓN, RESTRICCIÓN U OBLIGACIÓN
R-514 Fin de camino obligatorio para tractores
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de camino obligatorio para tractores.
R-515 Fin de vía reservada y obligatoria para vehículos de movilidad personal
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de vía reservada y obligatoria para vehículos de movilidad personal.
R-516 Fin de vía reservada y obligatoria para ciclos y vehículos de movilidad personal
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de vía reservada y obligatoria para ciclos y vehículos de movilidad personal.
SEÑALES DE INDICACIONES GENERALES
S-1b Carretera multicarril
Indica el principio de una carretera multicarril y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. Esta señal puede indicar el ramal de un nudo que conduce a una carretera multicarril.
S-1c Carretera 2+1
Indica el principio de una carretera 2+1, es decir, aquella que consta de tres carriles de circulación y permite la circulación en ambos sentidos. El carril central se destina a facilitar la maniobra de adelantamiento, estando reservado de manera alterna a uno y otro sentido de circulación. Esta señal pude indicar también el ramal de un nudo que conduce a una carretera 2+1.
S-2b Fin de carretera multicarril
Indica el final de una carretera multicarril.
S-2c Fin de carretera 2+1
Indica el final de una carretera 2+1.
S-14c Paso superior para peatones con rampa
Indica la situación de un paso superior para peatones acondicionado con rampa.
S-14d Paso inferior para peatones con rampa
Indica la situación de un paso inferior para peatones acondicionado con rampa.
S-14e Paso superior para peatones con raíl o rampa para ciclos
Indica la situación de un paso superior para peatones acondicionado con raíl o rampa para ciclos.
S-14f Paso inferior para peatones con rail o rampa para ciclos
Indica la situación de un paso inferior para peatones acondicionado con rail o rampa para ciclos.
S-15e Calzada sin salida excepto para peatones o ciclos
Indica que la calzada que figura en la señal con un recuadro en rojo no tiene salida excepto para peatones o ciclos. Figurarán el o los pictogramas de los usuarios a los que afecte la excepción.
S-17a Estacionamiento de necesidad
Indica el lugar donde está autorizado el estacionamiento de vehículos únicamente para un fin concreto (acceso a una farmacia, hospital, etc.) cuyo pictograma se incluirá en la señal, y durante un tiempo determinado. La duración de dicho tiempo será indicada en un panel complementario.
S-30a Zona peatonal
Indica una zona reservada para el uso peatonal, con las excepciones que establezca la administración competente.
S-31a Fin de zona peatonal
Indica el fin de una zona reservada para el uso peatonal, con las excepciones que establezca la administración competente.
S-35 Vía reservada para ciclos
Indica la existencia de una vía destinada a la circulación de ciclos y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
S-36 Fin de vía reservada para ciclos
Indica el final de una vía destinada a la circulación de ciclos.
S-37 Vía reservada para vehículos de movilidad personal
Indica la existencia de una vía destinada a la circulación de vehículos de movilidad personal y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
S-38 Vía reservada para ciclos y vehículos de movilidad personal
Indica la existencia de una vía destinada a la circulación de ciclos y vehículos de movilidad personal y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
S-39 Fin de vía reservada para vehículos de movilidad personal
Indica el final de una vía destinada a la circulación de vehículos de movilidad personal y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
S-40 Fin de vía reservada para ciclos y vehículos de movilidad personal
Indica el final de una vía destinada a la circulación de ciclos y vehículos de movilidad personal y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.
S-41 Vía reservada para ciclos y peatones con espacio de circulación diferenciado entre ellos
Indica la existencia de una vía destinada a la circulación de ciclos y peatones con espacio diferenciado entre ambos.
S-42 Fin de vía reservada para ciclos y peatones con espacio de circulación diferenciado entre ellos
Indica el final de una vía destinada a la circulación de ciclos y peatones con espacio diferenciado entre ambos
S-43 Vía reservada para ciclos, vehículos de movilidad personal y peatones, con espacio de circulación diferenciado entre los dos primeros y los terceros
Indica la existencia de una vía destinada a la circulación de ciclos, vehículos de movilidad personal y peatones con espacio diferenciado entre los dos primeros y los terceros.
S-44 Fin de vía reservada para ciclos, vehículos de movilidad personal y peatones, con espacio de circulación diferenciado entre los dos primeros y los terceros
Indica el final de una vía destinada a la circulación de ciclos, vehículos de movilidad personal y peatones con espacio diferenciado entre los dos primeros y los terceros.
S-45 Situación de un paso para ciclistas
Indica la situación de un paso para ciclistas.
S-46 Situación de un paso para peatones y ciclistas
Indica la situación de un paso de peatones adosado o compartido con un paso de ciclistas.
S-47 Zona de coexistencia de usuarios
Indica una zona de circulación que está destinada en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos será de 20 km/h; la circulación está compartida entre vehículos, ciclistas y peatones; los peatones tienen prioridad, pueden usar toda la zona de circulación y, por tanto, no se señalizan pasos peatonales; los ciclos pueden circular en ambos sentidos, salvo que la autoridad competente establezca lo contrario; los vehículos pueden estacionarse únicamente en los lugares designados por señales o por marcas; los juegos y los deportes no están autorizados.
S-48 Fin de zona de coexistencia de usuarios
Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulación.
S-49 Avanza moto o bici
Indica la existencia de una zona de espera previa a la línea de detención de una intersección regulada por semáforos reservada a los vehículos indicados en la señal (motocicletas y ciclomotores, representados ambos por el pictograma de motocicleta, o ciclos).
SEÑALES DE CARRILES
S-51a Carril reservado para tipos específicos de vehículos
Indica un carril destinado exclusivamente a la circulación de cierto o ciertos tipos de vehículos determinados (autobuses, motocicletas, taxis, ciclos, etc.). Se incluirá en la señal el pictograma representativo del tipo o tipos de vehículos autorizados. En tramos en que la marca vial longitudinal delimitadora del carril esté constituida por una línea discontinua, se permite su utilización al resto de vehículos únicamente para realizar alguna maniobra que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los vehículos autorizados a circular por este carril.
S-51b Carril reservado para vehículos con alta ocupación (VAO)
Indica uno o varios carriles destinados exclusivamente a la circulación de vehículos con alta ocupación. En la imagen figurará el número de personas a partir de las cuales se considera alta ocupación, lo que será determinado por el órgano gestor competente en cada caso. Si el carril o carriles está reservado no solo a VAO sino también a otro u otros tipos específicos de vehículos, se podrán combinar las imágenes correspondientes del mismo modo que en la señal S‐51a.
S-52c Final de carril destinado a la circulación
Indica, en una calzada de dos carriles con un único sentido de circulación, la desaparición del carril derecho y el cambio de carril preciso.
S-52d Final de carril destinado a la circulación
Indica, en una calzada de dos carriles con un único sentido de circulación, la desaparición del carril izquierdo y el cambio de carril preciso.
S-52e Final de carril destinado a la circulación
Indica, en una calzada de tres carriles con un único sentido de circulación, la desaparición del carril izquierdo y el cambio de carril preciso.
S-52f Final de carril destinado a la circulación
Indica, en una calzada de cuatro carriles con un único sentido de circulación, la desaparición del carril izquierdo y el cambio de carril preciso.
S-52g Final de carril destinado a la circulación
Indica, en una calzada de cuatro carriles con un único sentido de circulación, la desaparición del carril derecho y el cambio de carril preciso.
S-61c Bifurcación hacia la derecha en calzada de dos carriles en el sentido propio de circulación y un carril en sentido opuesto
Indica, en una calzada de doble sentido de circulación con dos carriles de circulación en el sentido de la marcha, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril derecho.
S-63b Bifurcación en calzada de tres carriles
Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación en el carril central con cambio de dirección de los cuatro carriles resultantes, dos hacia la izquierda y dos hacia la derecha.
S-63c Bifurcación de dos carriles hacia la izquierda en calzada de cuatro carriles
Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en los dos carriles izquierdos.
S-63d Bifurcación de dos carriles hacia la derecha en calzada de cuatro carriles
Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en los dos carriles derechos.
S-64a Vía reservada y obligatoria para ciclos adosada a calzada de un único sentido de circulación
Indica, en calzadas de un único sentido de circulación, la obligación para los conductores de ciclos de circular por el carril sobre el que está situada la señal y la prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada.
S-64b Vía reservada y obligatoria para ciclos adosada a calzada de doble sentido de circulación
Indica, en calzadas de doble sentido de circulación, la obligación para los conductores de ciclos de circular por el carril sobre el que está situada la señal y la prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada, así como el sentido de circulación.
S-65a Vía reservada para ciclos adosada a calzada de un único sentido de circulación
Indica, en calzadas de un único sentido de circulación, que el carril sobre el que está situada la señal está reservado a la circulación de ciclos, quedando prohibida su utilización a los demás usuarios de la vía. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada.
S-65b Vía reservada para ciclos adosada a calzada de doble sentido de circulación
Indica, en calzadas de doble sentido de circulación, que el carril sobre el que está situada la señal está reservado a la circulación de ciclos, quedando prohibida su utilización a los demás usuarios de la vía. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada, así como el sentido de circulación.
S-66 Carril bici en sentido opuesto
Indica la existencia de un carril obligatorio para ciclos cuyo sentido de circulación es el opuesto al del carril contiguo.
S-68 Tramo de calzada con un carril para el sentido propio de circulación y dos carriles para el sentido opuesto
Indica, en una calzada de doble sentido de circulación, que se dispone de un solo carril, mientras que el sentido opuesto dispone de dos. Se especificará la longitud en la que se mantiene esta configuración mediante un panel complementario S‐810.
S-70a Confluencia de un carril por la izquierda en calzada de un carril
Indica, en una calzada con un carril de circulación, que se producirá la confluencia de un carril por el lado izquierdo.
S-70b Confluencia de un carril por la derecha en calzada de un carril
Indica, en una calzada con un carril de circulación, que se producirá la confluencia de un carril por el lado derecho.
S-71a Confluencia de un carril por la izquierda en calzada de dos carriles
Indica, en una calzada con dos carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá la confluencia de un carril por el lado izquierdo.
S-71b Confluencia de un carril por la derecha en calzada de dos carriles
Indica, en una calzada con dos carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá la confluencia de un carril por el lado derecho.
S-72a Confluencia de un carril por la izquierda en calzada de tres carriles
Indica, en una calzada con dos carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá la confluencia de un carril por el lado izquierdo.
S-72b Confluencia de un carril por la derecha en calzada de tres carriles
Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá la confluencia de un carril por el lado derecho.
S-73a Confluencia de dos carriles por la izquierda en calzada de dos carriles
Indica, en una calzada con dos carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá la confluencia de dos carriles por el lado izquierdo.
S-73b Confluencia de dos carriles por la derecha en calzada de dos carriles
Indica, en una calzada con dos carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá la confluencia de dos carriles por el lado derecho.
SEÑALES DE SERVICIO
S-105b Surtidor de carburante y GLP
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de gas licuado de petróleo (GLP) o autogás.
S-105c Surtidor de GLP
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de gas licuado de petróleo (GLP) o autogás.
S-105d Surtidor de carburante y estación de recarga eléctrica
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de estación de recarga eléctrica.
S-105e Estación de recarga eléctrica
Indica la situación de una estación de recarga eléctrica.
S-105f Surtidor de carburante, GLP y estación de recarga eléctrica
Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de gas licuado de petróleo (GLP) o autogás y estación de recarga eléctrica.
S-128 Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas
Indica la situación de un punto de vaciado de aguas residuales para caravanas y autocaravanas.
S-129 Estacionamiento de emergencia por nevadas
Indica la situación de un estacionamiento de emergencia por nevadas y, excepcionalmente, para incidencias.
PANELES COMPLEMENTARIOS
S-880e Aplicación de señalización a vehículos de movilidad personal
Indica, bajo la señal vertical correspondiente, que esta se refiere exclusivamente a vehículos de movilidad personal.
S-880f Aplicación de señalización a ciclos y vehículos de movilidad personal
Indica, bajo la señal vertical correspondiente, que esta se refiere exclusivamente a ciclos y vehículos de movilidad personal.
S-891 Distancia lateral en adelantamiento a ciclista
Indica, bajo la señal vertical correspondiente, qué distancia lateral mínima debe dejar el vehículo con respecto al ciclista o grupo de ciclistas al que adelante. En caso de tratarse de un grupo de ciclistas, la distancia se refiere al ciclista que circula más escorado a la izquierda.
S-892 Vigilancia por medios automáticos
Indica la vigilancia mediante medios de captación y denuncia automáticos, del cumplimiento de lo establecido por la señal vertical a la que acompaña.
OTRAS SEÑALES
S-991g Control de velocidad mediante medios aéreos
Indica la posible existencia en el tramo de controles de velocidad mediante medios aéreos, como helicóptero o dron. En caso de que dichos controles tengan como objeto un tipo de vehículo en concreto, la señal podrá incluir únicamente el pictograma correspondiente a dicho vehículo.
S-992a Señal informativa de la distancia mínima entre vehículos en carretera convencional o carretera multicarril
Indica, en un tramo de carretera convencional o una carretera multicarril donde se dan frecuentemente colisiones por alcance, el número de marcas viales de galón que debe dejar un vehículo entre él y el que le precede.
S-992b Señal informativa de la distancia mínima entre vehículos dentro de un túnel en carretera convencional o carretera multicarril
Indica el número de marcas viales de galón que debe dejar un vehículo entre él y el que le precede dentro de un túnel en una carretera convencional o una carretera multicarril.
S-992c Señal informativa de la distancia mínima entre vehículos en autopista o autovía
Indica, en un tramo de una autopista o una autovía donde se dan frecuentemente colisiones por alcance, el número de marcas viales de galón que debe que dejar un vehículo entre él y el que le precede.
S-992d Señal informativa de la distancia mínima entre vehículos dentro de un túnel en autopista o autovía
Indica el número de marcas viales de galón que debe dejar un vehículo entre él y el que le precede dentro de un túnel, en una autopista o una autovía.
S-992e Señal informativa de la distancia mínima entre vehículos indicada mediante balizas luminosas
Indica, en un tramo donde es frecuente la pérdida de visibilidad debido a la niebla, el número de balizas luminosas que debe dejar un vehículo entre él y el que le precede.